Acuerdo en defensa de las empresas públicas locales y el empleo municipal

El presidente de la Federación Asturiana de Concejos (FACC), Ignacio García Palacios, y los secretarios generales de UGT y CCOO de Asturias, Javier Fernández Lanero, Antonio Pino Cancel, suscribieron este viernes, 2 de septiembre, un documento de apoyo a las empresas públicas locales y al empleo municipal. Este documento será remitido a los Ayuntamientos asturianos para que, si así lo estiman oportuno, sea refrendado por sus respectivos plenos y también se enviará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; al Gobierno y a la Junta General del Principado de Asturias y a la Federación Española de Municipios y Provincias.

El documento suscrito expone que tanto el Presidente de la FACC como los secretarios generales de UGT y COO-en Asturias consideran que  los Ayuntamientos vienen siendo, desde la elección de las primeras Corporaciones democráticas en 1979, un factor decisivo en la trasformación social y económica de nuestro país, contribuyendo de forma sobresaliente a la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía.

A esta contribución cabe sumar el buen hacer y el rigor con el que las Entidades Locales están gestionando los recursos públicos durante la actual crisis económica, siendo la única administración que cumple con sus compromisos de reducción de deuda y registrando unos superávits durante cuatro años consecutivos  – gracias al esfuerzo de los empleados y empleadas públicas y de sus equipos de gobierno- que han permitido a España mejorar sus desequilibrios presupuestarios y limitar la desviación de los objetivos de reducción del déficit comprometidos con la Unión Europea.

En este contexto, resulta totalmente injustificada la aplicación de la Disposición Adicional Novena de la Ley 27/2013 de Sostenibilidad y Racionalización de la Administración Local que amenaza la liquidación de empresas públicas municipales con balance económico negativo, vulnerando el principio de autonomía local y, lo que es más grave, ignorando tanto la importancia del servicio que prestan como a los empleados y empleadas públicas que los realizan.

La aplicación de dicha Disposición Adicional Novena conlleva además la liquidación de los yacimientos de empleo estable y de calidad generados a través de las empresas públicas municipales, cuyos efectos directos serán un incremento del desempleo y consecuencias socio–económicas gravemente dañinas que se suman a las que ya se padecen en el marco laboral, suponiendo un nuevo agravio injustificado e intolerable a los trabajadores y trabajadoras.

A esta amenaza contra servicios públicos locales debe añadirse la preocupación existente por los efectos que ocasionará la aplicación de los costes efectivos que también contempla la Ley 27/2013, que puede privar de un importante volumen de competencias básicas a los Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes, alejando del ámbito municipal la prestación de determinados servicios sin garantizar que continuarán siendo prestados con los mismos niveles de calidad y proximidad.

La aplicación de la Disposición Adicional Novena y del coste efectivo se produciría, además, en un contexto de incertidumbre jurídica en el ámbito municipalista tras la sentencias del Tribunal Constitucional que han juzgado contrarios a derecho varios aspectos de la Ley de Sostenibilidad y Racionalización de la Administración Local, en especial la transferencia de los servicios sociales municipales a las Comunidades Autónomas; unas sentencias de inconstitucionalidad que responden únicamente a dos de los recursos presentados contra la citada norma y que, consecuentemente, se podrían ampliar en un futuro contra otros artículos que también están impugnados, muchos de ellos por más de 3.000 Ayuntamientos españoles.

Por todo ello, Ignacio García Palacios, Javier Fernández Lanero y Antonio Pino, en representación de sus respectivas organizaciones, consideran necesario, y así lo exigen al Gobierno de España, que disponga de forma inmediata una moratoria en la aplicación tanto de la Disposición Adicional Novena como del sistema del coste efectivo mientras el Tribunal Constitucional no resuelva los recursos presentados contra la Ley 27/2013.

Igualmente, desean expresar su defensa de las empresas públicas municipales como fórmula válida y eficaz para la prestación de servicios de calidad a la ciudadanía desde la proximidad, más allá de criterios estrictamente contables; una defensa que hacen extensible al empleo público local y también a la autonomía local para decidir sobre el modelo de prestación de servicios en aquellas cuestiones que son de competencia de los Corporaciones Locales.

El presente escrito se remitirá a los Ayuntamientos asturianos para que, si así lo consideran oportuno, refrenden su contenido en Pleno. De igual modo, y para su conocimiento, será trasladado al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; al Gobierno y a la Junta General del Principado de Asturias y a la Federación Española de Municipios y Provincias.